Historia

Historia

El Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO) fue creado mediante la Ley Nº 5961 del 15 de junio de 1962, como una entidad autónoma y con personalidad jurídica propia. La sede del INTABACO fue establecida originalmente en Santo Domingo, pero dos meses más tarde, mediante la Ley Nº 5998 de fecha 2 de agosto de 1962, se dispuso el traslado a Santiago, centro de la actividad tabacalera del país, asignándole la antigua Mansión de Trujillo, situada en la Avenida Franco Bidó No. 69, hoy avenida Juan Pablo Duarte. En 1991 la sede del INTABACO fue trasladada a una nueva edificación construida en terrenos de la Estación Experimental de Quinigua, donde actualmente permanecen sus oficinas técnicas y administrativas.

El 18 de octubre del 2001 se promulgó la Ley Nº 165-01, que modificó las leyes anteriores relativas al INTABACO. El 20 de agosto del 2018 se promulgó la Ley 34-18, derogando la anterior ley 165-01, estableciendo las atribuciones y la estructura orgánica actual de la entidad.

Legislaciones específicas sobre el Intabaco

El funcionamiento del INTABACO a lo largo de su historia ha estado regido por un conjunto de leyes y normas, algunas de las cuales han sido modificadas por normativas subsecuentes. Las principales son las siguientes: Ley Nº 5961 del 15 de junio de 1962: Crea el Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO) como entidad autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Ley Nª 5992 de fecha 25 de julio 1962: Concede Franquicia Postal y Tele- gráfica al Instituto del Tabaco de la República Dominicana. Ley Nª 5998 de fecha 02 de agosto del 1962: Modifica el Artículo 1 de la Ley 5961 del 15 de julio de 1962, estableciendo la sede del INTABACO en la ciudad de Santiago de los Caballeros, municipio cabecero de la provincia de Santiago, a la vez que se derogan y modifican articulados de varias legislaciones relativas al sector tabacalero y al INTABACO. Ley Nª 6026 de fecha 10 de septiembre 1962: Dispone que el Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO) funcione como organismo dependiente de la Secretaría de Estado de Agricultura. Ley Nª 6162 de fecha 14 de enero del 1963: Modifica el Artículo 8 de la Ley Nº 5961 que creó el INTABACO el 15 de junio de 1962 y establece la exención de impuestos, derechos fiscales, aduaneros y de todo tipo de gravámenes a la importación de equipos, maquinarias, insumos agrícolas, entre otros materiales. Ley Nª 6169 de fecha 29 de enero de 1963: Deroga la Ley Nº 6026 y restablece la Ley Nº 5961 en todo su contenido y extensión, legislación esta última, que creó el INTABACO el 15 de junio de 1962. Ley Nª 6209 de fecha 25 de febrero de 1963: Modifica el Artículo único de la Ley Nº 6169. En esta ocasión, al tiempo de reiterar la derogación de la Ley 6026, deja en vigor la Ley 5961 con las modificaciones introducidas por otras leyes. Ley Nª 179 de fecha 12 de marzo de 1964: Deroga la Ley Nº 5961 y dispone que los fondos que percibía el Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO) pasen a la Secretaría de Estado de Agricultura, la cual destinaría esos fondos al fomento y cultivo del tabaco. Ley Nª 333 de fecha 12 de mayo de 1972: Deroga y sustituye las legislaciones siguientes: Ley Nº 190 del 16 de marzo del 1964, Ley Nº 367 del 18 de agosto de 1964 y Ley Nº 481 del 7 de noviembre de 1964. Con esta Ley, el Estado establece impuestos sobre la producción de cigarrillos a través de la aplicación de estampillas. Asume, asimismo, por medio de instituciones autónomas, la promoción de la siembra del tabaco rubio en el territorio nacional. También establece una prohibición para el otorgamiento de exenciones y exoneraciones de impuestos arancelarios o de cualquier otro tipo, aplicables a los productos y manufacturas tabacaleras, incluyendo cigarrillos, con el objeto de proteger la industria nativa. Concomitantemente exonera del pago de este impuesto a las exportaciones de cigarrillos de fabricación nacional, sin importar el tipo de materia prima utilizado para su elaboración. Ley Nª 165-01 de fecha 18 de octubre del 2001: Otorga personalidad jurídica al Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO) y establece la estructura orgánica y sus atribuciones y funciones. Mediante esta legislación, actualmente vigente, además de quedar investido de personería jurídica, el INTABACO, tiene patrimonio propio y facultades para contratar, demandar y ser demandado a su nombre y derecho. Asimismo, este instrumento legal le confiere la responsabilidad de tomar todas las medidas del caso, con el objeto de mantener la producción de tabaco dominicano y de proteger los intereses de todos los integrantes del sector tabacalero nacional. Dicha Ley también establece que el Instituto del Tabaco de la República Dominicana tendrá su sede dentro de la jurisdicción de la provincia de Santiago de los Caballeros, pudiendo, asimismo, establecer oficinas dentro del territorio nacional y en el extranjero si fuese necesario.

Con relación a las finanzas, esta Ley dispuso que las actividades del INTABACO se cubran con la especialización de un 8% de la aplicación del impuesto selectivo al consumo del tabaco y a los cigarrillos, previendo su ejecución a partir de enero de 2002. Mediante la promulgación de esta legislación, fueron derogadas las Leyes Nos 6209 y 179 de fechas 25 de febrero de 1963 y 12 de marzo de 1964, respectivamente.
2.2 otras legislaciones relevantes Para el Intabaco Además de las leyes específicas sobre el INTABACO, un conjunto de leyes generales tienen gran incidencia en el funcionamiento del INTABACO como entidad del sector público, entre las cuales se destacan las siguientes: Ley Nº 20 de fecha 28 de diciembre de 1978, o Ley de Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos: Establece que los ingresos que perciba el Gobierno Central por cualquier concepto se acumularán, a partir del 1 de enero del 1979, en el Fondo General de la Nación (Fondo 100). A partir de la promulgación de esta legislación, los recursos ordinarios del Instituto son suplidos a través de este fondo presupuestario. Ley General Nº 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública, del 28 de julio del 2004: Otorga a toda persona el derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal. Ley Nª 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del 18 de agosto del 2006: Establece los principios y normas generales que rigen la contratación pública, relacionada con los bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, así como las modalidades que dentro de cada especialidad puedan considerarse.

Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, Nº 423-06 del 17 de noviembre del 2006: Norma el proceso presupuestario de las entidades públicas centralizadas y descentralizadas, con la finalidad de que la asignación y utilización de los recursos públicos se realice de la forma más eficaz y eficiente posible para el cumplimiento de las políticas y objetivos del Estado. Ley Nº 498-06 de Planificación e Inversión Pública del 28 de diciembre del 2006: Crea el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública, integrado por el conjunto de principios, normas, órganos y procesos a través de los cuales se fijan las políticas, objetivos, metas y prioridades del desarrollo económico y social evaluando su cumplimiento, y lo relaciona con los Sistemas de Presupuesto, Crédito Público, Tesorería, Contabilidad Gubernamental, Compras y Contrataciones, Administración de Recursos Humanos, Administración de Bienes Nacionales y Control Interno, a la vez que crea los Consejos Provinciales y Municipales de Desarrollo. Ley Nª 41-08 de Función Pública del 16 de enero del 2008: Regula las relaciones de trabajo de las personas designadas por autoridad competente para desempeñar los cargos presupuestados para la realización de funciones públicas en el Estado, los municipios y las entidades autónomas, en un marco de profesionalización y dignificación laboral de sus servidores, y crea la Secretaría de Estado (Ministerio) de Administración Pública. Ley Nª 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano, del 8 de agosto de 2013: Establece el marco regulador común de la política salarial para todo el sector público dominicano, con la finalidad de proporcionar una remuneración equitativa que sirva de estímulo a los servidores públicos para alcanzar, con niveles de rendimiento y productividad, los objetivos del Estado. Para el sector tabaco en conjunto, también son relevantes las siguientes legislaciones: Ley Nº 6186 de Fomento Agrícola del 12 de febrero 1963: Establece directrices para el fomento de la agricultura y regula el Banco Agrícola de la República Dominicana.

Ley de Semillas Nº 231 del 22 de noviembre del 1971 y su Reglamento Nº 271 de fecha 3 de octubre de 1978: Mediante la cual se crea un régimen para la producción, procesamiento y comercialización de semillas, definida como todo grano, tubérculo, bulbo y en general toda estructura botánica destinada a la producción sexuada o asexuada de una especie. En la misma se define Semilla Certificada como aquella obtenida de semillas registradas, que ha sido cultivada, procesada, envasada y rotulada bajo el control de los supervisores de certificación y cumple con los requisitos mínimos de identidad varietal, pureza botánica y germinación, según las normas de certificación. Ley Nª 8-90 del 10 de enero de 1990 sobre Fomento de Zonas Francas: Mediante la cual se establecen los lineamientos para fomentar el establecimiento de zonas francas nuevas y el crecimiento de las existentes, regulando su funcionamiento y desarrollo. Ley Nª 16-95 sobre Inversión Extranjera del 20 de noviembre de 1995: Otorga a los inversionistas y empresas o sociedades en que participen los inversionistas extranjeros, o que sean propietarios, los mismos derechos y obligaciones que las leyes confieren a los inversionistas nacionales, salvo las excepciones previstas en dicha ley o en leyes especiales. Ley Nª 28-01 que crea una Zona Especial de Desarrollo Fronterizo del 1 de febrero del 2001: Establece un régimen especial de incentivos fiscales a las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalmecánica, de zona franca, turísticas, metalúrgicas, energéticas y otras, que se ubiquen en las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco. Ley Nª 20-00 sobre Propiedad Industrial del 8 de mayo del 2000: Establece las normas y procedimientos para el registro y protección de una invención patentable, definida como aquella susceptible de aplicación industrial, que sea novedosa y que tenga nivel inventivo. Ley Nº General No. 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales del 18 de agosto del 2000: Establece las normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales, asegurando su uso sostenible.

Ley Nª 450-06 del 6 de diciembre del 2006 sobre Protección de los Derechos del Obtentor de Variedades Vegetales: Establece el régimen jurídico para la concesión y la protección de los derechos de los obtentores de variedades vegetales, bajo la administración del Ministerio de Agricultura. Ley Nº 170-07 que instituye el Sistema de Presupuesto Participativo Municipal del 13 de julio del 2007: Tiene por objeto establecer los mecanismos de participación ciudadana en la discusión, elaboración y seguimiento del presupuesto del municipio, especialmente en lo concerniente al 40% de la transferencia que reciben los municipios del Presupuesto Nacional por la Ley Nº163-03, del 6 de octubre del 2003, que deben destinar a los gastos de capital y de inversión, así como de los ingresos propios aplicables a este concepto. Ley Nº 392-07 sobre Competitividad e Innovación Industrial del 4 de diciembre del 2007: Crea un nuevo marco institucional y un cuerpo normativo que permita el desarrollo competitivo de la industria manufacturera, proponiendo a estos efectos políticas y programas de apoyo que estimulen la renovación y la innovación industrial con miras a lograr mayor diversificación del aparato productivo nacional, el encadenamiento industrial a través del fomento de distritos y parques industriales y la vinculación a los mercados internacionales. Ley Nº 488-08 que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) del 19 de diciembre del 2008: Crea un marco regulatorio y un organismo rector para promover el desarrollo social y económico nacional a través del fortalecimiento competitivo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) del país; contribuir por su intermedio a la creación de nuevos empleos productivos; y mejorar la distribución del ingreso, mediante la actualización de la base institucional vigente de las mismas, y la instauración de nuevos instrumentos que promuevan y faciliten su desarrollo integral y su participación eficiente en la estructura productiva de la nación. Ley Nª 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del 25 de enero del 2012: Abarca el ejercicio por parte del sector público nacional y local de sus funciones de regulación, promoción y producción de bienes y servicios, así como la creación de las condiciones básicas que propicien la sinergia entre las acciones públicas y privadas para el logro de la Visión de la Nación de Largo Plazo y los Objetivos y Metas de esta Estrategia. También son relevantes las Normas del Tabaco y Subproductos, las cuales constituyen marcos de referencia o más bien parámetros establecidos sobre los diversos términos y definiciones utilizados en la producción y en los procesos de manufactura del tabaco. Las mismas se consideran optativas y han servido de referencia en acuerdos comerciales. Estas normas fueron elaboradas por un grupo de técnicos y expertos del Instituto del Tabaco y representantes de las industrias tabacaleras del país. Este equipo multidisciplinario estuvo coordinado por la Dirección General de Normas y Sistema de Calidad (DIGENOR). En total fueron elaboradas ocho normas para el tabaco y subproductos:

1. NORDOM 481 de fecha 17 de diciembre de 1998: Establece especificaciones generales de calidad del cigarro con destino a la exportación.

2. NORDOM 482 de fecha 15 de abril de 1999: Establece los términos y definiciones utilizados en la producción agrícola e industrial del tabaco.

3. NORDOM 504 de fecha 18 de febrero de 2000: Establece el método de ensayo para la determinación de la longitud de los cigarros.

4. NORDOM 505 de fecha 18 de febrero de 2000: Establece el método para la determinación de la humedad utilizando estufa.

5. NORDOM 520 de fecha 28 de julio de 2000: Establece el método para la determinación de uniformidad de los colores de los cigarros en el envase a golpe de vista.

6. NORDOM 522 de fecha 28 de julio de 2000: Establece los métodos de ensayo para determinar la consistencia de los cigarros.

7. NORDOM 537 de fecha 29 diciembre de 2000: Establece el método de ensayo para la determinación de la masa promedio de los cigarros.

8. NORDOM 538 de fecha 29 diciembre de 2000: Establece el método para determinar la presencia o no de mohos y plagas en los cigarros.